Calculadora de Liquidación 2026
Si te despidieron sin una causa justificada, te corresponde tu finiquito más una indemnización. Esta calculadora suma las dos cosas y te enseña de dónde sale cada peso.
¿Qué incluye la liquidación?
- Finiquito: salario pendiente, aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional.
- Indemnización constitucional: 3 meses (90 días) de salario diario integrado (art. 48 LFT y art. 123 constitucional).
- 20 días por año de servicio (art. 50 fr. II). Procede cuando el patrón se niega a reinstalarte o cuando eres tú quien rescinde por culpa del patrón (arts. 49 y 52). En la práctica muchas empresas lo incluyen al negociar; puedes quitarlo en «Opciones avanzadas».
- Prima de antigüedad: 12 días por año, con tope de dos salarios mínimos. En el despido se paga sin importar los años que lleves (art. 162).
Qué es el salario diario integrado
La indemnización no se calcula con tu salario base, sino con el salario diario integrado (art. 84 LFT), que suma lo que recibes en prestaciones. La calculadora lo estima con el aguinaldo y la prima vacacional:
Salario integrado = salario diario × (1 + (días de aguinaldo + días de vacaciones × prima vacacional) ÷ 365)
Si además recibes vales de despensa, fondo de ahorro, comisiones o bonos fijos, tu salario integrado es mayor. Lo encuentras en tu recibo de nómina o en tu alta del IMSS, y puedes escribirlo en «Opciones avanzadas».
Ejemplo: despido injustificado después de 3 años y 7 meses
El mismo caso que el de Ana en la calculadora de finiquito (ingreso el 1 de marzo de 2023, $12,000 al mes, último día el 30 de septiembre de 2026), pero despedida sin causa. Salario diario: $400. Salario integrado: $421.37.
- Finiquito (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional): $9,764.38
- Prima de antigüedad: 12 × 3.59 años × $400 → $17,227.40
- Indemnización de 3 meses: 90 × $421.37 → $37,923.29
- 20 días por año: 20 × 3.59 × $421.37 → $30,246.28
Liquidación: $95,161.34 brutos, de los que $46,806.24 quedan exentos de ISR.
Qué hacer si te despiden
- No firmes una renuncia. Si firmas que te fuiste por tu voluntad, pierdes la indemnización.
- Pide el despido por escrito. El patrón debe entregarte un aviso con la causa (art. 47 LFT); si no lo hace, el despido se considera injustificado.
- Revisa la oferta con esta calculadora. Es normal negociar: muchas empresas ofrecen solo el finiquito o los 3 meses.
- Tienes dos meses para reclamar (art. 518). El primer paso es la conciliación en el Centro de Conciliación Laboral federal o de tu estado.
- Pide asesoría gratis en la PROFEDET si dudas.
Si el juicio llega a sentencia y lo ganas, además pueden corresponderte salarios caídos de hasta 12 meses. No los incluimos porque dependen de cómo y cuándo termine el juicio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde de liquidación por despido injustificado?
Tu finiquito, más 3 meses de salario diario integrado, más 12 días por año de prima de antigüedad (con tope de dos salarios mínimos) y, según el caso, 20 días de salario integrado por año trabajado.
¿Siempre se pagan los 20 días por año?
No. La ley los prevé cuando el patrón se niega a reinstalarte o cuando rescindes tú la relación por culpa del patrón. En los convenios de salida muchas empresas los incluyen, pero no es automático.
¿Me corresponde liquidación si renuncio?
No. Si renuncias por tu voluntad solo te corresponde el finiquito. La excepción es cuando renuncias por una falta grave del patrón (art. 51 LFT), como no pagarte el salario: entonces puedes reclamar la indemnización.
¿Me corresponde liquidación si me despiden con causa?
No te corresponde la indemnización, pero sí el finiquito y la prima de antigüedad. Si no estás de acuerdo con la causa, puedes reclamar en los dos meses siguientes.
¿Cuánto ISR se paga por la liquidación?
La indemnización y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio; la fracción de más de seis meses cuenta como año completo. Lo que exceda paga ISR.